El recurso debe presentarse por escrito con copia para traslado a la Dirección General de Rentas. Además se acompañará toda la prueba instrumental que tuviese el apelante y que no se haya aportado ante la Autoridad. Se adjuntará también comprobante de pago de la sobretasa por actuación, la que de acuerdo a lo dispuesto por la ley 8467 al mes de marzo de 2017 es de $ 50 por la primera hoja del recurso y $0,50 por cada hoja de actuación incluida la documental anexa. Se debe identificar el Nº. de Expte. de Rentas y acompañar copia de la notificación fehaciente que haya puesto en su conocimiento la Resoluciòn que se apela.